Cuando llega el momento de hacer la declaración de la renta, es habitual preguntarse si algunos de los gastos que realizamos a lo largo del año pueden ayudarnos a reducir nuestra carga fiscal. Para quienes conviven con un animal de compañía, surge una duda recurrente: ¿se pueden desgravar los gastos de su cuidado?
En este artículo vamos a resolver esa duda y explicarte qué gastos relacionados con tu animal de compañía podrías incluir en la declaración de la Renta 2025. ¡Toma nota!
¿Se pueden deducir los gastos de un animal de compañía en la declaración de la Renta?
La Agencia Tributaria establece criterios claros sobre los gastos deducibles, y en principio, los gastos relacionados con un animal de compañía no se pueden desgravar si se consideran de uso personal o recreativo.
Gastos como la alimentación, la atención veterinaria y los accesorios, se consideran parte del gasto habitual de un hogar y no pueden deducirse. Tampoco podrás deducir el gasto del seguro de tu animal de compañía, sin importar si es un seguro veterinario, de responsabilidad civil o mixto. |
Sin embargo, existen algunas excepciones en las que sí es posible incluir ciertos gastos en la declaración de la renta.
Para que un gasto sea deducible, debe estar relacionado con una actividad económica o con alguna de las situaciones especiales que analizaremos a continuación:
¿Qué gastos de tu animal de compañía pueden ser deducibles en 2025?
Aunque la normativa general no permite desgravar los gastos habituales de un animal de compañía, hay ciertas excepciones que podrían aplicarse, especialmente si eres autónomo y tu actividad profesional está relacionada con el mundo animal.
Animales de asistencia y terapia
Si tu animal está reconocido oficialmente como perro de asistencia o animal de terapia, los gastos asociados a su cuidado podrían ser deducibles. En este caso, se incluyen:
- Gastos veterinarios necesarios para garantizar su salud y función.
- Alimentación especializada.
- Formación y entrenamiento.
- Seguros específicos.
Los perros guía o lazarillos, los de asistencia para personas con movilidad reducida y otros animales de apoyo terapéutico pueden estar sujetos a estas deducciones dependiendo de la comunidad autónoma.
Animales utilizados en actividades profesionales
Si eres autónomo y tu actividad económica requiere el uso de un animal, podrías desgravar ciertos gastos siempre que puedas demostrar que están directamente relacionados con tu negocio. Esto aplica a:
- Animales de seguridad o vigilancia en negocios o instalaciones.
- Animales utilizados en publicidad o espectáculos (por ejemplo, si trabajas en el cine o la televisión y tu animal forma parte del elenco).
- Cría profesional y venta de animales, siempre que estés registrado como criador y la actividad esté regulada.
- Ganaderos y agricultores: pueden deducir los costes de mantenimiento de animales empleados en su actividad profesional, como bueyes, caballos o cualquier otro animal de trabajo.
En estos casos, los gastos pueden incluir alimentación, cuidados veterinarios, entrenamiento y seguros, siempre que estén justificados y correctamente reflejados en la contabilidad del negocio.
Si quieres saber más sobre qué animales pueden desempeñar trabajos específicos y cuáles son las mejores razas para cada tarea, puedes leer nuestro artículo sobre Perros de trabajo: tareas que realizan y mejores razas.
Seguros veterinarios y otros gastos específicos
A nivel general, los seguros veterinarios no son deducibles en la declaración de la Renta, pero algunas comunidades autónomas ofrecen incentivos fiscales para fomentar la tenencia responsable de animales. Si resides en una de estas regiones, podrías beneficiarte de una deducción parcial del seguro, así que merece la pena revisar la normativa autonómica vigente.
¿Qué se necesita para desgravar los gastos de tu animal de compañía?
Si crees que puedes deducir algunos de los gastos de tu animal de compañía en la declaración de la Renta, hay ciertos requisitos que debes cumplir.
- Registro del animal: En algunos casos, como los animales de asistencia o aquellos utilizados en actividades profesionales, es fundamental que el animal esté correctamente registrado y que su función esté reconocida por la normativa vigente. Si eres autónomo y utilizas el animal en tu actividad económica, también es recomendable que figure en la documentación de tu negocio y que esté incluido en la contabilidad.
- Facturas y documentos justificativos: Para que un gasto sea deducible, debes poder demostrarlo con documentación. Esto incluye facturas con IVA emitidas a nombre de la persona que presenta la declaración de la Renta y recibos o contratos que justifiquen los gastos recurrentes (como seguros o servicios de entrenamiento especializado).
- Relación directa con la actividad económica Si eres autónomo, los gastos del animal deben estar vinculados de manera clara con tu actividad profesional.
- Registro contable: Para que Hacienda acepte estos gastos como deducibles, deben estar bien reflejados en la contabilidad del autónomo. Es imprescindible incluirlos en la autoliquidación trimestral del IVA (si aplica) y registrarlos correctamente en los libros contables y en los modelos de impuestos correspondientes.
Consejos para evitar problemas con Hacienda |
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Asegúrate de que todas las facturas estén a tu nombre y contengan los datos fiscales correctos. |
No mezcles gastos personales con los profesionales, ya que Hacienda puede rechazarlos si no están claramente diferenciados. |
Consulta con un asesor fiscal para asegurarte de que la deducción es válida y que no tendrás problemas en caso de una inspección. |
Aunque la mayoría de los gastos de los animales de compañía no son deducibles en la declaración de la Renta, existen algunas excepciones para los casos de asistencia, actividades económicas y seguros veterinarios en ciertas comunidades.
Si crees que puedes aplicar alguna de estas deducciones, revisa bien la normativa vigente y consulta con un profesional para asegurarte de hacerlo correctamente.
¿Qué dice la Ley de Bienestar Animal sobre los gastos deducibles?
La Ley de Bienestar Animal regula la protección y el cuidado de los animales, pero en lo que respecta a la declaración de la Renta, no introduce ningún cambio significativo. De momento, esta normativa no contempla deducciones fiscales por gastos veterinarios, seguros o manutención de los animales de compañía.
En conclusión, los únicos casos en los que puedes desgravar gastos relacionados con tu animal son los mencionados previamente. Es recomendable mantenerse informado por si en el futuro se aplican cambios a nivel estatal o autonómico.
Para estar al día, puedes consultar nuestro post donde mantenemos actualizada la información con cualquier cambio normativo sobre la Ley de Bienestar Animal. |
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